El Consejo de Gobierno de Canarias ha dado luz verde a una reforma estructural en el acceso a la vivienda protegida. El nuevo modelo sustituye el azar del sorteo por una baremación objetiva y eleva los requisitos de arraigo, exigiendo hasta 12 años de residencia en el archipiélago para garantizar que los hogares lleguen a quienes más lo necesitan.
REDACCIÓN. EL FARO DE LA PALMA, 9 DE MARZO DE 2026.
El Consejo de Gobierno de Canarias, a propuesta del consejero Pablo Rodríguez, ha aprobado este lunes el nuevo decreto que regula el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida y el régimen de adjudicación de viviendas de promoción pública. Esta norma introduce un cambio fundamental: el anterior sistema de sorteo desaparece para dar paso a un procedimiento de baremación basado en criterios sociales, económicos y familiares.
Simplificación administrativa y trámites digitales Una de las principales novedades es la eliminación de la cita previa y la visita presencial obligatoria para la inscripción. A partir de ahora, el proceso será telemático mediante un formulario y una declaración responsable, lo que permitirá agilizar la gestión y reducir los tiempos de espera para los ciudadanos.
Refuerzo del arraigo y la residencia El decreto endurece los requisitos para asegurar que las viviendas beneficien a quienes tienen un vínculo real con el territorio:
- Residencia en Canarias: Se requiere acreditar al menos 12 años de residencia ininterrumpida o 15 años de forma discontinua.
- Vínculo municipal: Es necesario haber residido o trabajado durante al menos 5 años en el municipio donde se ubique la promoción de viviendas antes de que se publique el proceso de adjudicación.
- Nota: Este requisito municipal no se aplicará a víctimas de violencia de género que hayan tenido que abandonar su residencia habitual por seguridad.
Nuevos cupos de reserva para colectivos prioritarios La normativa consolida un carácter social más marcado, estableciendo reservas específicas en cada promoción de vivienda:
- Jóvenes (hasta 35 años): Reserva mínima del 20%.
- Mayores (65 años o más): Reserva mínima del 10%.
- Personas con discapacidad: Reserva mínima del 10% para personas con limitaciones funcionales graves.
- Víctimas de violencia de género: Reserva mínima del 8%.
- Emigrantes retornados: Cupo máximo de hasta el 1%.
Con esta actualización, el Ejecutivo autonómico busca un modelo más transparente y justo, priorizando los parámetros verificables sobre el azar en el ejercicio del derecho a la vivienda.



