El proceso permitirá obtener permisos de residencia y trabajo a quienes demuestren su estancia en el país desde antes de 2026. Las solicitudes podrán presentarse desde este jueves 16 de abril.
Redacción. El Faro de La Palma, 14 de abril de 2026.
El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al Real Decreto que regula el proceso de regularización administrativa extraordinaria para personas migrantes que ya residen y trabajan en España. Esta medida, que busca dotar de derechos y seguridad jurídica a miles de personas, entrará en vigor el próximo jueves 16 de abril, fecha en la que se abrirá el plazo de solicitudes por vía telemática.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha calificado la jornada como «un gran día», subrayando que el procedimiento ha sido diseñado para ser ágil y eficaz. El plazo para presentar la documentación estará abierto hasta el próximo 30 de junio.
Requisitos y plazos clave
Para acceder a esta regularización, los solicitantes deberán acreditar que se encuentran en España desde antes del 1 de enero de 2026 y que han permanecido en el país de forma ininterrumpida durante al menos cinco meses antes de la solicitud. Además, es requisito indispensable carecer de antecedentes penales.
- 16 de abril: Apertura de solicitudes vía telemática (con certificado electrónico) y activación del sistema de cita previa para atención presencial.
- 20 de abril: Inicio de la atención presencial en las oficinas habilitadas.
- 30 de junio: Cierre del plazo de solicitud.
Derechos y protección a menores
La autorización obtenida tendrá una vigencia inicial de un año y permitirá trabajar por cuenta propia o ajena en cualquier sector y lugar del país. Una vez finalizado este periodo, los beneficiarios se integrarán en el régimen ordinario de Extranjería.
El proceso otorga una especial protección a los menores de edad, quienes recibirán una autorización de residencia por cinco años. Asimismo, el sistema permitirá tramitar de forma simultánea las solicitudes de todos los miembros de una misma unidad de convivencia en una sola cita.
¿Dónde realizar el trámite?
Los ciudadanos que opten por la vía presencial deberán solicitar cita previa obligatoria a través de la web del Ministerio, el sistema Cl@ve o el teléfono 060. Las oficinas habilitadas para la tramitación incluyen:
- Oficinas de Extranjería.
- Centros de la Seguridad Social y Tesorería (al menos una por provincia).
- Oficinas de Correos en capitales y municipios de más de 50.000 habitantes.
Para acreditar la estancia, se podrán presentar documentos públicos o privados fechados. En el caso de personas en situación irregular, deberán demostrar además su situación de vulnerabilidad, contar con unidad familiar con menores/dependientes en España o haber trabajado previamente de forma legal.



