CANARIAS · DEPENDENCIA
Canarias fija por primera vez plazos máximos para la dependencia: 90 días para empezar a recibir la ayuda desde mañana
La Consejería de Bienestar Social publica hoy en el BOC la primera Carta de Servicios de la Dirección General de Dependencia, con tres compromisos medibles: responder en 10 días hábiles, resolver el expediente en 6 meses y que la ayuda llegue de verdad en un máximo de 90 días.
Redacción El Faro de La Palma · 25 de agosto de 2026
A partir de mañana, miércoles, cualquier familia palmera que tramite una ayuda por dependencia sabrá, por primera vez, cuánto puede tardar como máximo cada paso del proceso. La Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la primera Carta de Servicios de la Dirección General de Dependencia, un documento que convierte en compromiso público —y medible— los plazos de atención, resolución y acceso efectivo a las prestaciones.
Los tres plazos que se compromete a cumplir
El primero afecta a cualquiera que escriba con una consulta: la Dirección General se compromete a responder al menos al 90% de las consultas escritas de la ciudadanía en un máximo de diez días hábiles. El segundo llega antes de que exista ayuda: al menos el 90% de los expedientes completos de reconocimiento de la dependencia y aprobación del Programa Individual de Atención (PIA) deberán resolverse dentro del plazo legal de seis meses. El tercero es el que más nota una familia en el día a día: que al menos el 85% de los nuevos PIA se traduzcan en el inicio efectivo de la prestación o el servicio en un máximo de 90 días, salvo que el retraso se deba a causas que no dependan de la Administración.
Qué es el PIA y por qué importa que la ayuda llegue rápido
Que a una persona le reconozcan el grado de dependencia no le da automáticamente una ayuda: lo que la concreta es el Programa Individual de Atención, el documento que fija qué le corresponde a cada cual —una plaza residencial, un centro de día, teleasistencia o una prestación económica para quien la cuida en casa—. El Faro contó a comienzos de agosto que el plazo medio de resolución en Canarias había bajado a 283 días, por primera vez por debajo de los 300 desde que existe la ley. La nueva Carta pone ahora el foco un paso más allá de resolver el expediente: exige que la ayuda reconocida llegue de verdad a la vida de quien la necesita en un máximo de 90 días desde que se aprueba el PIA.
Cómo se comprobará que se cumple
Los tres compromisos serán objeto de seguimiento semestral, y sus resultados se consolidarán cada año en un informe de evaluación público, que recogerá el grado de cumplimiento alcanzado, las desviaciones detectadas y, si hace falta, las medidas correctoras adoptadas. La Carta de Servicios se revisará y actualizará con carácter bienal.
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La publicación de hoy en el BOC convierte la Carta de Servicios de Dependencia en un compromiso público y verificable de la Dirección General con la ciudadanía.
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CONCEPCIÓN RAMÍREZ — DIRECTORA GENERAL DE DEPENDENCIA
Los derechos que se reconocen a quien pide la ayuda
El documento recoge también los derechos de las personas usuarias: recibir una atención adecuada y personalizada, acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones y servicios, obtener información clara y actualizada sobre su expediente, participar en el diseño de su propio PIA y presentar sugerencias, quejas o reclamaciones. La Carta incorpora además medidas de accesibilidad universal y cauces para que la ciudadanía traslade sus opiniones sobre la atención recibida.
LAS CLAVES
- Qué es: la primera Carta de Servicios de la Dirección General de Dependencia, publicada hoy en el BOC y en vigor desde mañana, miércoles.
- Compromiso 1: responder al menos al 90% de las consultas escritas en un máximo de 10 días hábiles.
- Compromiso 2: resolver al menos el 90% de los expedientes de reconocimiento y PIA en el plazo legal de 6 meses.
- Compromiso 3: que al menos el 85% de los nuevos PIA se traduzcan en ayuda efectiva en un máximo de 90 días.
- Seguimiento: semestral, con informe público de evaluación cada año.
- Revisión de la Carta: cada dos años.
Fuente: nota de prensa de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias del Gobierno de Canarias, 25 de agosto de 2026.



